21/12/16 La Comunión Tradicionalista Carlista, una organización necesaria

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miércoles 21 de diciembre del 2016

La Comunión Tradicionalista Carlista, una organización necesaria

A lo largo de los últimos treinta años transcurridos desde su reconstitución, la Comunión se ha esforzado siempre en construir una organización. Siempre hemos tenido claro que no somos un partido político, que nos repugna la idea de ver a los auténticos españoles convertidos en un partido más, entrando en pugna con los grupos ideológicos, máquinas electorales, por la consecución de un trozo de la tarta del poder político. Pero eso no quiere decir que hayamos renunciado a trabajar de forma organizada. Para ser carlista no hace falta nada mas que tener una íntima convicción. Es cierto. No hacen falta ni formularios ni carnets. Pero ser miembro de una organización política llamada Comunión Tradicionalista Carlista, requiere, lógicamente, que esa convicción se exprese y confirme adecuadamente. La Comunión es un instrumento al servicio de España. Y para ser útil debe tener un mínimo de organización.

En un primer momento, tras los Congresos de la unidad carlista, la procedencia de unos y otros todavía era algo a tener en cuenta. Es por eso que además de la Junta de Gobierno como órgano máximo de dirección se constituyó un Consejo fuerte, un órgano para dar confianza a todos en el terreno doctrinal y que, de alguna manera, representaba a los grupos políticos que habían confluido en 1986. Pasados unos años se entendió que no era práctico mantener en el seno de la Comunión esa bicefalia: Consejo y Junta de Gobierno. La actual estructura organizativa de la Comunión es el resultado de lustros de experiencia en los que se han tratado de combinar con prudencia la ortodoxia antiliberal, el respeto a la diversidad regional, la herencia histórica de una gran organización “de masas” y la visión realista de una estructura reducida que ya no cuenta con aquel “pueblo carlista” de antaño.

Desde el principio quedó claro que la base de la Comunión son sus afiliados, españoles mayores de edad que expresan su voluntad de pertenecer a nuestra organización. Sin embargo este acuerdo básico hubo de superar algunas inercias: la de quienes exageraban por ejemplo la importancia de pertenecer a una estirpe familiar carlista, como si el ser nieto de un carlista famoso pudiera eximir del pago de cuotas; o también la de quienes, ante la pobreza de nuestra influencia política, estaban dispuestos a permitir una doble militancia entre la Comunión y partidos “de orden” del sistema.

Superadas estas y otras indefiniciones la Comunión mantiene actualmente una estructura que podríamos resumir en este esquema: 

1. Afiliado. La afiliación es un acto personal, que requiere además el aval de otros dos afiliados. A efectos prácticos, para convocatorias de toda índole, nuestras juntas y círculos tienen muy en cuenta la realidad familiar de los carlistas. Porque no somos un movimiento de abogados treintañeros sino más bien de familias comprometidas con el bien común.

2. Círculos locales, comarcales y provinciales. En su ámbito más próximo, la Comunión alienta la creación de los tradicionales círculos carlistas como forma de fomentar la convivencia, la transmisión del Ideal entre generaciones, la vida real y cotidiana de los vecinos y compatriotas.

3. Juntas y delegaciones regionales. Los órganos propiamente políticos de la Comunión son las Juntas Regionales. Allí donde no haya sido posible constituir una junta estable la Junta de Gobierno nombra delegados.

4. Junta de gobierno y sus delegaciones. El máximo organo de dirección de la Comunión cuenta con una Comisión Permanente a la que se suman los presidentes regionales como vocales para formar el Pleno. Además la Junta ha ido organizando diferentes delegaciones que le ayudan en su labor: Secretaría técnica, Prensa, Relaciones internacionales, Cruz de Borgoña, Ahora información, Foro Alfonso Carlos, Bazar Carlista, Historia y Cultura, Socorro Blanco, Grupos de Propaganda, Vida y Familia, Economía familiar, etc.

5. Diputación General. Es el órgano máximo entre congresos y la forman el Pleno de la Junta mas los consejeros nacionales.

6. Congreso Nacional. Es el órgano máximo de decisión. En sus reuniones se designan los cargos de la Comisión Permanente de la Junta de Gobierno así como los consejeros. También aprueba las medidas de programa y de organización.